Consejal periodo / - Cruz Alta - Córdoba

Proyectos

Olimpíadas Culturales

La APROBACIÓN DE LA DESIGNACIÓN DE CRUZ ALTA COMO SEDE DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS OLIMPIADAS CULTURALES EN LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, en razón de que las mismas brindarán una oportunidad única para que los jóvenes inicien una relación amistosa con sus pares, motivada por el aprendizaje; profundicen sus conocimientos, desarrollen capacidades para identificar, analizar y resolver situaciones relacionadas con las disciplinas propuestas, incursionen en una competencia de desarrollo personal, con responsabilidad y sentido solidario; constituyendo también dicho evento un mecanismo para que los docentes puedan intercambiar experiencias pedagógicas y crear lazos de vinculación académica.

Al
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
de la Municipalidad de Cruz Alta
S/D
De mi mayor consideración:
                                                             Me dirijo a Ud., en mérito a las atribuciones que en mi calidad de concejal detento y a los efectos de allegarle un PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL APROBATORIA DE LA� DESIGNACIóN DE CRUZ ALTA COMO SEDE DE LA ORGANIZACIóN DE LAS OLIMPIADAS CULTURALES EN LA PROVINCIA DE CóRDOBA, el cual ut infra se transcribe; todo ello a los fines de que, en su oportunidad y dentro del seno de nuestro Concejo, el mismo sea sometido a un amplio y sostenido debate; procurándose, en definitiva, obtener la necesaria unanimidad de criterios, con el objeto de que se proceda, sin más, a su insoslayable y plena admisión, dado el interés que el mismo representa y que excede el ámbito local, pues su relevancia, repercusiones y reconocimientos tendrán implicancias a nivel nacional.�
Las Olimpíadas culturales brindan una oportunidad única e irrepetible para que los jóvenes inicien una relación amistosa con sus pares, motivada por el aprendizaje; profundicen sus conocimientos, desarrollen capacidades para identificar, analizar y resolver situaciones relacionadas con las disciplinas propuestas; incursionen en una competencia de desarrollo personal, con responsabilidad y sentido solidario. Cabe resaltar además que, dicho evento constituirá un mecanismo para que los docentes puedan intercambiar experiencias pedagógicas y crear lazos de vinculación académica.
En primer lugar y para lograr tales metas, es preciso que, como futuro centro organizador de ese trascendente evento, sentemos la piedra basal de nuestra idea, planteándonos los siguientes Objetivos:
1.�Promover el interés y la participación de alumnos y docentes en una actividad extracurricular.
2.�Identificar y difundir experiencias válidas en la enseñanza de las disciplinas propuestas.
3.�Contribuir a la implementación de innovaciones curriculares en el ámbito de cada una de ellas.
4.�Simplificar la articulación del nivel medio con los contenidos propios del nivel universitario, posibilitando espacios de reflexión conjunta.
5.�Promover la actualización conceptual, bibliográfica y metodológica de los docentes.
6.�Facilitar el intercambio entre docentes de un mismo nivel pertenecientes a una misma jurisdicción y/o a distintas jurisdicciones.
7.�Brindar a los jóvenes espacios y medios para una formación de equidad y calidad educativa, acorde a sus capacidades y motivaciones personales que los prepare para participar activa y solidariamente en el crecimiento de su comunidad y el desarrollo nacional.
8.�Posibilitar el intercambio de experiencias entre los estudiantes de diferentes provincias.
9.�Incrementar en los alumnos las prácticas de investigación, experimentación y argumentación.
10.� Lograr que los estudiantes, a través de la intervención en las distintas instancias olímpicas, reconozcan sus capacidades, las valoren y a su vez consideren y respeten las de los otros participantes.
11.� Otorgar apoyo en la continuidad de los estudios a aquellos jóvenes que demuestren aptitudes y talentos.
12.� Lograr, a través de la participación en instancias nacionales, el intercambio de conocimientos y metodologías entre las provincias participantes, los que con posterioridad puedan verse reflejados en las Programaciones anuales de cada Olimpíada.
En efecto, este Proyecto debe tener como fin promover y posibilitar la participación de los alumnos cordobeses en las diversas disciplinas que ya se hallan predeterminadas por expresas directivas de la Capital Nacional de la Olimpiada Cultural (con sede en la localidad de Maggiolo, Provincia de Santa Fe) siendo ellas las siguientes: Ciencias Sociales, Ciencias Naturales y Lengua. Y, a través de los estudiantes que intervendrán en este evento, se capacitarán también a un sinnúmero de docentes en forma directa, si se toma en cuenta a los tutores de los alumnos participantes quienes también serán beneficiarios de una capacitación complementaria mediante la bibliografía producida y distribuida por la Olimpíada.
Cabe destacar que esta actividad extracurricular pondrá el acento en la capacitación de los docentes y a través de ellos y de la entrega de diversos materiales, en el mejoramiento de la formación disciplinar de los estudiantes. El nivel académico alcanzado por nuestros estudiantes, se evidenciará en los logros obtenidos en las Instancias Nacionales de estas Olimpíadas.
Es importante mencionar que como actividad complementaria, sería viable también la creación de Clubes de Ex Olímpicos. Este ámbito es de gran importancia ya que retiene a aquellos estudiantes que por razones de edad ya no pueden participar de la actividad Olímpica, sin perjuicio de ello, a través de estos clubes continuarían en contacto con la actividad científica.
En ocasiones, estos ex alumnos, actúan como agentes multiplicadores de saberes ya que en otras experiencias similares, se han convertido en tutores de los nuevos participantes, en especial en muchas provincias en las cuales el docente tutor de el/los alumnos participantes cuenta con escaso tiempo y recursos para preparar a los estudiantes, siéndole de gran ayuda el contar con la colaboración de ex participantes quienes además de compartir saberes, comparten experiencias a nivel Nacional. Por otra parte, el ser integrantes de estos clubes, les posibilita a los ex olímpicos, mantener continuidad en la relación con todos los participantes de Instancias Nacionales.
En definitiva, que nuestro pueblo sea designado como sede de las Olimpíadas Culturales Cordobesas, significará emplazar los cimientos de un promisorio ámbito Intersocial-cultural, pues, el objeto principal de la Olimpíada Cultural no se centrará exclusivamente en la competencia sino en el hecho de que los estudiantes, a través de la misma, descubran y valoren sus propias capacidades, redescubran y revaloricen los logros obtenidos mediante el esfuerzo, como así también aprecien la riqueza de compartir experiencias con el otro; de esta manera, tales Olimpíadas constituirán un espacio de construcción colectiva del conocimiento, de debate y análisis, debido a que a partir de ellas, los docentes, tendrán una mirada global de los alumnos, podrán trabajar sobre los distintos ejes temáticos a partir de una perspectiva clara en las diversas áreas del saber involucradas; recuperando y sistematizando las experiencias que se construyen en el contacto diario con la realidad aúlica, permitiendo, a su vez, la reflexión desde el rol del docente y desde el compromiso educativo.
Por consiguiente y como colofón de todo lo consignado precedentemente: ya que es dable estimar asimismo que, desde el momento en que nuestra localidad sea declarada sede de las Olimpíadas Culturales Cordobesas, se tornará necesario la estructuración de ese evento a través de un REGLAMENTO que contemple la modalidad sobre la que se organizará y regulará su funcionamiento; es que vengo a sugerir este pormenorizado formato normativo (sin perjuicio de quedar dicha diagramación sujeta a la pertinente y ulterior revisión), a saber:
PROYECTO DE ORDENANZA

Ref: DESIGNACIóN DE CRUZ ALTA COMO SEDE DE LA ORGANIZACIóN DE LAS OLIMPIADAS CULTURALES EN LA PROVINCIA DE CóRDOBA

FUNDAMENTOS:
Que Cruz Alta ha sido una localidad pionera en la promoción de la educación, prueba de ello son los numerosos establecimientos educativos que en ella se han asentado y los destacados docentes que han sostenido el saber de sus hijos dilectos a lo largo de los años. Que entre los más eximios exponentes de esa grata e inagotable misión es necesario destacar a los Maestros Luis y Juana Mayo, quiénes desarrollaron una encomiable tarea conquistando un lugar en el plano superior en que se destacan los hombres y mujeres de labor y progreso: atento a que no sólo se distinguieron por su obra creadora y formativa sino que también sobresalieron por la idoneidad demostrada al impartir su enseñanza, respaldada por ingentes muestras de dedicación y cariño. Ellos figurarán por y para siempre entre los primeros propulsores del progreso local, con su vasta y proficua acción de positivo beneficio social que se refleja en una ardua, constante y loable colaboración desinteresada, pues luego del fallecimiento del Sr. Luis Mayo, su esposa Juana, no sólo continuó esforzándose incansablemente por brindar su sabiduría, sino que también decidió donar su única propiedad inmobiliaria, amplio terreno y edificio donde hoy funciona el Instituto Privado Diocesano San Luis, para que en la posteridad el Establecimiento prosiga otorgando los beneficios de la Instrucción a los niños y jóvenes de esta comunidad.
Que, siguiendo los lineamientos trazados por estos insignes maestros,� nuestro norte ha de ser promover incesantemente el amor por el Saber; atento a ello, constituye una obligación para nuestro pueblo convertirnos en Sede Provincial de las Olimpíadas Culturales, en virtud de que las mismas implican un proceso permanente de enseñanza y aprendizaje, que comienza en el ámbito escolar y se expande a través de estos eventos de contenido formativo; cuya diagramación apunta a mejorar la calidad educativa, mediante la programación de actividades vinculadas a las disciplinas que la conforman, teniendo siempre en cuenta la función social de la escuela y la diversidad de intereses y necesidades de la comunidad.
Que, en virtud de lo expuesto y como herederos fieles de ese legado cultural, debemos convertirnos en impulsores incesantes del conocimiento, retribuyendo con creces el aporte de quiénes forjaron las bases de nuestra ilustración; no sólo mediante la instauración local de ese centro provincial Olímpico, sino que además, en muestra de gratitud a la intensa y provechosa dedicación a la profesión de aquellos ilustres y renombrados docentes, ante tan edificante apostolado, hoy se torna imperioso homenajearlos, instaurando el nombre de Maestros Mayo al premio Olímpico que coronará el triunfo, esfuerzo y dedicación de cada día, pues ellos constituyen uno de los símbolos de nuestra Cultura, identificación plena y verdadera de este pueblo.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante
de la Localidad de Cruz Alta
sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº……../2010

Artículo 1º: Desígnese a la localidad de Cruz Alta como SEDE DE LA ORGANIZACIóN DE LAS OLIMPIADAS CULTURALES DE LA PROVINCIA DE CóRDOBA.
Artículo 2º: LAS OLIMPIADAS CULTURALES CRUZALTEñAS constituirán un certamen educativo por excelencia que representará a nuestra localidad a nivel provincial, sin soslayar también las implicancias nacionales que este hecho representa; lo que significará un alto grado de reconocimiento como centro promotor-organizador y como emblema de la cultura cordobesa.
Artículo 3º:� Objetivos primordiales:
Estas Olimpíadas estarán orientadas a promover:
 Los principios de libertad de participación, igualdad de oportunidades e integración social; con el propósito de mejorar el interés, los conocimientos y el desarrollo de las habilidades y capacidades estudiantiles.
 La evolución constante en los métodos de enseñanza y aprendizaje que se aplican en el ámbito escolar: con el objeto de incentivar en los jóvenes el estudio de las disciplinas programadas: mejorando, de este modo, el nivel educativo; todo ello, en consonancia permanente con la evolución de la sociedad y los requerimientos de ésta.
 Un alto grado de compromiso con las actividades programadas, no sólo por parte de los alumnos intervinientes y de los docentes involucrados, sino también de todas las familias y habitantes de cada localidad que respalden el proyecto; todo ello a los fines de estimular el interés público por las materias propuestas.
Artículo 4º: Invítase a todos los establecimientos educativos de la provincia de Córdoba, que queden comprendidos en los niveles predeterminados, a adherirse a la presente Ordenanza.
Artículo 5º: La inserción de las actividades Olímpicas se desarrollará conforme a los planeamientos curriculares de cada establecimiento educativo y conforme a las particulares características funcionales de cada uno de ellos.
Artículo 6º: Con el propósito de delinear su funcionamiento, se adopta el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA PARTICIPACIóN EN LAS OLIMPIADAS CULTURALES CRUZALTEñAS:
Introducción:

Desde su efectiva instauración, las Olimpíadas Culturales Cruzalteñas estarán abiertas a la participación de todos los niños y adolescentes, que sean alumnos regulares de los establecimientos educativos radicados en todas las ciudades y localidades de la provincia de Córdoba.
Los alumnos que formarán parte de estas Olimpiadas deberán resolver cuestiones relacionadas con temas de Ciencias Sociales, Ciencias Naturales y Lengua, que no se hallan contemplados en los programas de estudio pero que mantienen el grado de complejidad correspondiente a cada nivel.
En una primera instancia, las Olimpíadas se desarrollarán a nivel local, de esta fase resultarán ganadores dos alumnos por nivel, los que luego participarán en una segunda y última etapa, la cual tiene lugar en la localidad de Maggiolo, Provincia de Santa Fe, por estar radicado en esta comunidad el centro de la Olimpíada Cultural Nacional.
Para otorgarle un marco relevante a este evento, el primer domingo de Agosto, se llevará a cabo la entrega local de los premios Maestros Mayo, momento en el que se procederá a la apertura de sobres y al anuncio de los alumnos ganadores quienes se harán acreedores no sólo del ya reseñado trofeo, sino también de otros premios de gran trascendencia para su futura formación intelectual. Dichos premios representarán el producto del aporte realizado por la Municipalidad de Cruz Alta y también por empresas locales y regionales a las cuales, previa antelación, se le cursarán invitaciones a los fines de que colaboren, de uno u otro modo, con la organización de las Olimpíadas.
Y a este acto anual de clausura, que se vaticina de gran magnitud, concurrirán autoridades Municipales, Comunales, Provinciales y Nacionales, además de directores, docentes, estudiantes y público en general.
Muchas personas, desde su ocupación y/o profesión, serán invitadas para que brinden desinteresadamente su tiempo a fin de que la organización resulte impecable y en esto residirá su valor, porque todo estará pensado para que un evento cultural de esta naturaleza elimine las fronteras de la localidad y se convierta en un emblema de la Provincia de Córdoba.
En suma la Olimpíada Cultural representará para Cruz Alta un acontecimiento para que ésta reúna lo mejor de sí con el claro y firme propósito de ofrecerlo a los demás.
Esquema organizativo:
Art. I) Las Olimpíadas Culturales Cruzalteñas, tendrán su domicilio legal en el Instituto y/o Establecimiento Educativo local que por su infraestructura y/o capacidad sea idóneo para alojar a cada uno de los alumnos preseleccionados, en su instancia local, para participar de este evento.
Art. II) El Instituto designado coordinará todas las actividades olímpicas a desarrollar, con la Secretaría de Cultura y Educación de la Comuna de Maggiolo, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.
Art. III) Las Olimpíadas Culturales Cruzalteñas constituyen un evento educativo para promover el proceso de enseñanza y aprendizaje de las siguientes disciplinas: Ciencias Sociales, Ciencias Naturales y Lengua, en un contexto de equidad y calidad educativa.
Art. IV) Las Olimpíadas Culturales Cruzalteñas perseguirán como objetivos generales:
a) Producir espacios adecuados para el desarrollo y profundización del saber como construcción social, que favorezcan en los niños y jóvenes el reconocimiento de sus capacidades, el desarrollo de nuevas competencias, la adquisición de habilidades de investigación y divulgación, fomentando, a su vez, las actitudes de indagación, el espíritu crítico, la comprensión de las bases argumentativas de posturas diferentes, la producción autónoma oral y escrita.
b) Brindar, a través de la temática propuesta en cada una de las disciplinas, en sus fases teórico-metodológica-práctica, la posibilidad de apropiación de contenidos socialmente significativos.
c) Promover una comprensión profunda de las problemáticas actuales y su vinculación con cada una de las materias que abarcará el certamen, el cual permitirá la generación de planteos simplificadores y la emisión de juicios de valor altamente significativos para el desarrollo intelectual y social de los educandos.
d) Fomentar el intercambio de experiencias entre los diferentes actores.
e) Promover el desarrollo de conductas sociales a través de la integración de grupos.
f) Evidenciar la capacidad de realización de los participantes.
g) Posibilitar la actualización disciplinar de los docentes.
h) Ofrecer un ámbito de articulación y reflexión acerca de las prácticas docentes y su incidencia en el campo de la Educación Superior.
Art. V) Los alumnos participantes pueden intervenir en un único nivel, de acuerdo a la siguiente descripción:
Requisitos etarios para intervenir en las Olimpíadas Culturales Cruzalteñas:
Del Nivel A: alumnos de 15 a 18 años.
Del Nivel B: alumnos de 13 a 14 años.
Del Nivel C: alumnos de 11 a 12 años.
Participarán:
En el nivel A: todos los alumnos que no hayan cumplido 19 años antes del 30 de junio.
En el nivel B: todos los alumnos que no hayan cumplido 15 años antes del 30 de junio.
En el nivel C: todos los alumnos que no hayan cumplido 13 años antes del 30 de junio.
Todos los participantes deberán ser alumnos regulares concurrentes a colegios con domicilio en la provincia de Córdoba y, junto con la ficha de inscripción en el nivel en el que participarán, será necesario que presenten fotocopia de su respectivo Documento Nacional de Identidad.
La inscripción mínima por establecimiento educativo es de seis alumnos por cada nivel.
Art. VI) Especificaciones:
A)�Los textos para los tres niveles difieren en el grado de dificultad del cuestionario.
B)�Está terminantemente prohibido la utilización de apuntes sospechosos (machetes). El hallazgo de los mismos en manos de los participantes significará su descalificación.
C)�La duración de cada instancia evaluadora será de cuatro horas reloj.
D)�En la ficha de inscripción se especificarán la cantidad de alumnos por colegio y por nivel.
E)�De los participantes, sólo clasificarán seis (dos por nivel) quiénes representarán a cada localidad en la instancia jurisdiccional a desarrollarse en nuestro pueblo o en las distintas subsedes que, de ser necesario, se establecerán a los fines organizativos.
F)�Si en uno de los tres niveles el número de inscriptos no fuera superior a dos, no se considerará ganador automático.
G)�Para las Olimpíadas locales deberán lograr el 70% de las respuestas correctas y el 80% para la final.
H)�El ganador del primer premio de cada nivel no podrá volver a participar.
I)�Cada cuestionario llevará adjunto un sobre en el que estarán depositados los datos personales de cada participante.
J)�Por cada nivel serán otorgados tres premios y tres menciones especiales.
K)�El colegio que obtenga la mayor cantidad de premios se hará acreedor de una computadora.
L)�La fecha límite para llevar a cabo la inscripción será rigurosamente respetada sin excepción. Para tal fin se tendrá en cuenta la fecha del matasello postal, verificando de esta manera la inscripción en término.
M)�La fecha de las Olimpíadas a nivel local será comunicada con una anterioridad no inferior a un (1) mes.
N)�Los nombres de los ganadores de la Instancia Olímpica Jurisdiccional, a desarrollarse en nuestra localidad, se darán a conocer el día de la Entrega de los Premios Maestros Mayo, que se llevará a cabo el primer domingo de agosto de cada año, acontecimiento al cual deberán asistir los finalistas de cada localidad.
Art. VII) Criterios para evaluar las respuestas de la Olimpiada Cultural:
a.�Uso de vocabulario específico.
b.�Claridad en la expresión.
c.�Correcta organización de las ideas (coherencia)
d.�Buena ortografía.
e.�Orden y prolijidad en la presentación de los trabajos.
f.�Adecuada utilización de mapas (ubicación espacial) y líneas históricas (ubicación temporal).
g.�Uso de mapas y/o estructuras conceptuales, esquemas, cuadros sinópticos y gráficos.
Art. VIII) Las Olimpíadas Culturales Cruzalteñas englobarán las siguientes instancias: colegial, jurisdiccional y nacional. Se inscribirán, para dichas instancias, todos los establecimientos educativos cordobeses que deseen participar en cada una de las categorías indicadas en el Artículo V.
Art. IX) La inscripción y participación en la Olimpíadas Culturales Cruzalteñas será gratuita para todos los alumnos y docentes en cada una de las instancias, como así también la capacitación y los materiales respectivos.
Art. X) Las Olimpíadas Culturales Cruzalteñas se desarrollarán sobre ejes temáticos específicamente preestablecidos por los docentes que se habrán de designar para cada materia y nivel, en plena consonancia con las directivas impartidas por el centro organizador radicado en la localidad de Maggiolo. A partir de la determinación de los temas que serán materia del certamen, se diseñarán las acciones de capacitación.
Art. XI) Las Olimpíadas Culturales Cruzalteñas estarán orientadas por un Equipo Coordinador del Proyecto, integrado por su Dirección y por los Coordinadores Académicos, con sede en el Instituto educativo de nuestra localidad donde se asiente el respectivo domicilio legal conforme lo consignado en el art. 1º.
Las funciones de este Equipo serán las que seguidamente� se detallan:
a) Cumplir con los objetivos formulados en el Proyecto Educativo de la Olimpíada.
b) Elaborar y determinar los criterios y modalidades de evaluación: por cada instancia y para cada nivel de participantes.
c) Designar la integración del Jurado de las Olimpíadas.
d) Determinar los alumnos finalistas en cada nivel.
e) Elaborar y supervisar las publicaciones de materiales pedagógico-didácticos, para los alumnos y docentes.
f) Publicar los ganadores de cada instancia (Colegial, Jurisdiccional y Nacional).
g) Nombrar las comisiones necesarias para llevar adelante sus funciones.
Art. XII) La Dirección de la Olimpíada se encargará de:
a) Organizar la implementación de la Olimpíada en cada instancia (colegial, jurisdiccional y nacional) y el Subprograma de Capacitación Docente, en sus aspectos pedagógico-didácticos y administrativo- contables).
b) Invitar a los representantes de los Ministerios, Secretarías y Consejos de Educación, de las distintas jurisdicciones, para coordinar las actividades con los establecimientos educativos de su dependencia.
c) Establecer los contactos y convenios intercolegiales necesarios para el desarrollo óptimo de éstas Olimpíadas.
d) Determinar el lugar y la fecha de las distintas instancias.
e) Designar los Jurados de cada instancia en consonancia con los coordinadores académicos.
f) Disponer los medios para supervisar la evaluación de los alumnos en todas las instancias.
g) Decidir sobre situaciones no previstas en el presente Reglamento.
Art. XIII) Ninguna persona ajena al Equipo Olimpíada conocerá las evaluaciones que se propondrán en cada instancia y para cada nivel.
Art. XIV) La evaluación de las distintas instancias (colegial, jurisdiccional y nacional) será individual y escrita. A los fines calificativos se utilizará la siguiente escala numérica (1, 2, 3, 4, 5: Insuficiente; 6: Aprobado; 7: Bueno; 8 Muy Bueno; 9: Distinguido; 10: Sobresaliente). El fallo de los evaluadores será inapelable.
Art. XV) Las evaluaciones escritas responderán a las siguientes instrucciones: No se admitirá consultar libros, apuntes y al profesor/a. pues la interpretación de las consignas estará a cargo de los alumnos participantes.
Art. XVI) En la INSTANCIA COLEGIAL participarán todos los alumnos interesados de los diferentes establecimientos educativos de la provincia de Córdoba que reúnan los requisitos establecidos en el artículo V, y ésta se organizará bajo la responsabilidad de cada institución educativa participante. Será individual, escrita y eliminatoria. Cada instituto educacional lo desarrollará en un solo día y la fecha de celebración será determinada con un (1) mes de antelación. La evaluación estará a cargo del equipo Olimpíada el cual designará como GANADORES en esta instancia, según orden de mérito, a seis alumnos por establecimiento; dos en el nivel A, dos en el B y dos en el C.
Art. XVII) En la INSTANCIA JURISDICCIONAL participan los alumnos ganadores de la Instancia COLEGIAL, (dos por cada nivel) de cada establecimiento educativo. Será individual, escrita y eliminatoria. Se desarrollará en un día, consignado con un (1) mes de antelación a su celebración. Estará a cargo de la Dirección del establecimiento educativo designado como Centro de la Olimpíada JURISDICCIONAL (Escuela Sede: Instituto Cruzalteño a especificar), cuya autoridad firmará una Declaración que certifique el correcto seguimiento de las reglas previstas en el presente Reglamento. El Equipo Olimpíada designará como GANADORES en esta INSTANCIA, según orden de mérito a un alumno/a en la categoría A, a un alumno/a en la categoría B y a un alumno/a en la categoría C y a cada uno de los seleccionados se les hará entrega del galardón denominado Maestros Mayo.
Art. XVIII) En la INSTANCIA NACIONAL participarán los alumnos que resulten definitivamente electos en la etapa JURISDICCIONAL. Aquélla se oficiará en la localidad de Maggiolo, provincia de Santa Fe. La Dirección y la Coordinación académica de esa instancia designará como GANADORES a tres alumnos en cada Categoría (Primero, Segundo y Tercer puesto). Sin perjuicio de las menciones especiales que se efectuarán para cada nivel.
Art. XIX) Las erogaciones que cubrirá el Proyecto Olimpíada en la INSTANCIA NACIONAL serán las referidas al traslado de los alumnos y docentes desde el lugar de origen del establecimiento educativo hasta la sede del evento; así como sus gastos de hotelería y comidas según el presupuesto acordado. Por cada alumno participante se solventará el traslado de un docente, a los efectos de su participación en actividades académicas y su asistencia a la instancia aludida. Dichas erogaciones cubrirán los días en que se desarrolla la Instancia Nacional. Excepcionalmente, con la debida justificación se abonará medio viático más.
Art. XX) La fecha designada para cada instancia es impostergable, por lo que toda situación imprevista de comunicación o traslado, que impida la presencia de cualquier participante, lo excluye automáticamente del evento.
Art. XXI) La inscripción de los participantes supone la aceptación de este Reglamento, hecho que deberá ser admitido por el padre, tutor o encargado del alumno y refrendado por las autoridades del establecimiento educativo al que éste concurra.
Art. XXII) El incumplimiento total o parcial de las presentes directivas, durante las diversas instancias de este evento olímpico, determinará para el alumno participante su inmediata exclusión del certamen. Asimismo, dicha sanción será comunicada al Colegio de Origen y a las autoridades educacionales correspondientes.

Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento y efectos.
����� Artículo 8º: DE FORMA.
DADO EN EL RECINTO DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE CRUZ ALTA, PROVINCIA DE CóRDOBA, A LOS …………… DIAS DEL MES DE ……………. DEL AñO DOS MIL DIEZ.-

CONCLUSIóN
Al elaborar el presente proyecto, que supone la designación de la localidad de Cruz Alta como sede de la Organización de las Olimpíadas Culturales en la Provincia de Córdoba, me propuse como meta inquebrantable, mantener firme mi idea primordial: generar un espacio donde los niños y jóvenes puedan manifestar y hacernos partícipes de su máximo potencial intelectual en las disciplinas propuestas. Desde esa perspectiva, estructuré minuciosamente este evento tan significativo para la promoción cultural y educativa de nuestro pueblo.
Estimo que hay tres ejes que se encuentran interrelacionados: 1) Por un lado en la currícula actual, no se contemplan las asignaturas escolares en su perspectiva social (transversalidad) 2) En razón de ello, la escuela no conoce las capacidades de los alumnos en ese sentido y se atiene sólo a lo curricular. 3) Por consiguiente, estimo que este evento olímpico pondrá en contacto a chicos y adolescentes, de distintos cursos y niveles, para resolver esa problemática; generando espacios de participación, diálogo y solidaridad. Lo mismo ocurrirá con los docentes que se involucrarán con el proyecto.